Planes de Superación Profesional


 

Los profesionales de la educación que resulten evaluados con nivel de desempeño básico o insatisfactorio deberán someterse a los Planes de Superación Profesional que dispongan los Municipios, de acuerdo a la Ley 19.961 de febrero de 2004.

¿En qué consisten?

 

Los Planes de Superación Profesional tienen un carácter formativo y se traducen en una acción de aprendizaje y reaprendizaje respecto de las competencias, conocimientos y habilidades, establecidos en el Marco para la Buena Enseñanza aprobado por el Ministerio de Educación y a partir de las necesidades de desarrollo profesional derivadas del informe de resultados entregado a cada docente. Más información...


 

¿Cómo operan?

 

El Ministerio de Educación, a través del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas (CPEIP), transferirá a los municipios recursos económicos para financiar los planes de superación profesional, atendiendo al número de docentes evaluados, con nivel de básico e insatisfactorio. El total de recursos a transferir año a año se establecerá en la Ley de Presupuestos del Sector Público.

 

Los municipios podrán gastar los recursos transferidos sólo en las actividades contenidas e indicadas en el diseño del Plan de Superación Profesional de la comuna, el cual debe ser presentado al Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas (CPEIP) en el mes de abril de cada año.

 

Los municipios deberán rendir cuenta documentada y detallada de los gastos en que hayan incurrido para financiar los Planes de Superación Profesional de su comuna, estando limitado el gasto a lo indicado anteriormente. La rendición de gastos se deberá presentar al Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas (CPEIP) en el mes de noviembre de cada año, pudiendo éste observar el gasto y solicitar las rectificaciones que sean necesarias.

 

¿Qué actividades contemplan?

 

Los planes de superación profesional podrán contemplar actividades como las siguientes:

1.      Tutorías o asesorías provistas por profesionales idóneos;

2.      Participación en cursos, talleres o seminarios organizados por entidades académicas o de capacitación;

3.      Lecturas recomendadas, para las cuales se deberá proveer de material bibliográfico u orientaciones para acceder a información disponible en internet; y

4.      Observaciones de clases hechas por docentes destacados u otros profesionales calificados