Certificación de Acciones Formativas

El objetivo de la certificación de acciones formativas es asegurar que las propuestas presentadas por las instituciones respondan a los principios que propician el desarrollo profesional docente y a las dimensiones y criterios de calidad y pertinencia de la formación.

Las acciones formativas pueden ser actividades, programas o cursos destinados a profesionales de la educación. Pueden certificar acciones formativas las instituciones públicas o privadas sin fines de lucro, nacionales o extranjeras que soliciten la Certificación al Ministerio de Educación, mediante los procedimientos que este establezca para aquello.

Canal de contacto para instituciones: cpeip.recepcioncurso@mineduc.cl

Decreto 401 .

Regula los procedimientos y formularios para acceder a la Certificación de Acciones Formativas.

Orientaciones para la Certificación de Acciones Formativas .

El presente documento entrega las orientaciones para acceder a la Certificación de calidad y pertinencia, de la formación para el desarrollo profesional.

Para solicitar una certificación, las instituciones formadoras deberán ingresar a la plataforma caf.cpeip.cl, con su usuario y clave, completar el formulario que en ella se despliega y adjuntar los documentos pertinentes según tipo de institución.

El o la coordinador/a institucional se debe contactar a cpeip.recepcioncurso@mineduc.cl para solicitar activar una cuenta de acceso.

Los documentos que debe adjuntar son los siguientes:

  • Tratándose de universidades acreditadas, deberán adjuntar certificado de acreditación de Comisión Nacional de Acreditación (CNA).
  • Tratándose de personas jurídicas de derecho privado sin fines de lucro (excluyendo universidades), deberán acompañar el “certificado de vigencia”, otorgado por el Servicio de Registro Civil con fecha de emisión al día de envío de la propuesta.
  • Tratándose de personas jurídicas de derecho público (excluyendo universidades), deberán acompañar copia simple de la normativa legal que regula su constitución y funcionamiento.
  • Tratándose de instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras, deberán acompañar los antecedentes legales que permitan acreditar que se encuentran organizadas como personas jurídicas sin fines de lucro, expedidos por las autoridades competentes del país en que se hubieren constituido, y posteriormente legalizados y autenticados de conformidad a la normativa chilena vigente.
  • Antecedentes legales que permitan acreditar la personería del representante legal o nombramiento del Rector (dependiendo de quién firme el anexo del formulario).
  • Fotocopia simple de la cédula de identidad del rector o del representante legal.
  • Fotocopia simple de la cédula de identidad del coordinador/a institucional.
  • Antecedentes académicos: certificados de títulos y evidencia de experiencias en formación de académicos, tutores y megatutores, coincidentes con lo declarado en el formulario.

Todos los documentos legales deben tener una vigencia de seis meses como máximo.

Durante la ejecución, las acciones formativas pueden presentar cambios de académicos, de sedes o de fechas. Las instituciones deben informar estos cambios en la plataforma caf.cpeip.cl  y esperar aprobación por parte de la Unidad de Registro y Certificación del CPEIP.

Una acción formativa certificada por cinco años puede ejecutarse las veces que la institución lo considere necesario. Sin embargo, cada nueva ejecución de una acción formativa certificada deberá ser informada y aprobada por el Ministerio de Educación, quien mediante resolución aprobará la ejecución.

Una acción formativa puede presentar cambios durante los cinco años de vigencia de la certificación, de sedes, fechas y de académicos/as, sin embargo, dos dimensiones no pueden ser modificadas:  Contextualización y Diseño Formativo, porque implica alterar los elementos que definieron la calidad y la pertinencia de la acción formativa certificada. Si se modifican estas dimensiones, implicaría un nuevo proceso de certificación.

Para cada nueva ejecución la institución debe enviar al CPEIP, a través de su plataforma caf.cpeip.cl la siguiente documentación:

  • El formulario de nueva ejecución con la información que se solicita para tramitar el acto administrativo correspondiente.
  • Antecedentes legales que permitan acreditar la personería del representante legal o nombramiento del rector (dependiendo de quien firme el formulario).
  • Fotocopia simple de la cédula de identidad del rector o del representante legal.
  • Fotocopia simple de la cédula de identidad del coordinador/a institucional.
  • Certificados de grados académicos en caso de cambio de profesionales.

El formulario de nueva ejecución es el documento formal que presenta la institución formadora al Ministerio de Educación. Si la acción formativa presentada es aprobada, se tramita el acto administrativo y se informa a la institución el resultado.

El proceso de Certificación tiene tres etapas evaluativas antes de la total tramitación del acto administrativo que da origen a la Resolución de aprobación o rechazo de la propuesta:

  1. Etapa Evaluación Administrativa: recepción y revisión de la documentación que deben presentar las instituciones formadoras.

Criterios de admisibilidad:

  • Completitud del formulario.
  • Antecedentes presentados.
  • Consistencia entre lo declarado en el Formulario de solicitud de Certificación , antecedentes curriculares y los documentos que se adjuntan.
  • Declaración fecha de inicio y término de la acción formativa
  • Verificar la completitud de la información y antecedentes requeridos respecto del representante legal.
  • Verificar la completitud de la información requerida respecto del coordinador/a institucional.
  • Si la acción formativa es de modalidad mixta o a distancia, en la página del formulario que dice “Ficha de local de la actividad formativa” tiene que estar el enlace (URL), usuario y contraseña.
  • En el caso de la formación en modalidad mixta o a distancia, se comprueba el acceso a la plataforma y la disposición de los elementos declarados en el formulario.

2. Etapa Evaluación Técnica: pronunciamiento técnico sobre la calidad y la pertinencia de la acción formativa a través de la Rúbrica de Certificación.  Los y las especialistas del Ministerio de Educación, emiten un Informe de Evaluación, el que será insumo para la tramitación de la resolución correspondiente.

3. Etapa Evaluación Jurídica: nueva revisión de la documentación y emisión del acto administrativo que corresponda, según sea aprobada o rechazada.

La Rúbrica de Certificación es el instrumento público que utiliza el evaluador/a para levantar el juicio experto sobre la calidad y pertinencia de una acción formativa.

Si bien es el instrumento que evalúa la calidad y la pertinencia, también es un documento que orienta a las instituciones sobre el proceso de diseño.

 

El Manual de uso de la Rúbrica de Certificación, tiene como objetivo orientar el diseño y evaluación  de acciones formativas; en este documento se presentan los alcances conceptuales y técnicos que se utilizan en cada criterio e indicador del instrumento evaluativo.

El documento Criterios de calidad de acciones formativas en el espacio virtual del aprendizaje tiene por objetivo, orientar al diseñador de un sitio formativo para el desarrollo profesional docente y entregar elementos técnicos al juicio del evaluador/a del proceso de certificación.

El Sistema de Seguimiento corresponde al proceso de información al Ministerio de Educación de las ejecuciones realizadas por las instituciones formadoras. Esta información debe entregarse en los formatos dispuestos para ello en plataforma caf.cpeip.cl

 

Esta información consta de dos momentos:

  • A los 20 días de finalizada la acción formativa, la institución debe entregar al Centro de Perfeccionamiento, un informe de ejecución en los formatos que este disponga para aquello.
  • Al 31 de enero de cada año un informe consolidado de las acciones formativas ejecutadas el año precedente.
  • El formato de Informe de Ejecución considera los aspectos de funcionamiento y ejecución de cada acción formativa ejecutada.
  • Este es el formato en el cual la institución debe informar el estado final de cada participante en la acción formativa.

El Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas informa y actualiza periódicamente las acciones formativas certificadas desde el año 2016, para conocimiento de los interesados en https://caf.cpeip.cl/index.php/registro-publico/