Este año, la prueba se aplicará el 17 de diciembre para quienes estén en proceso de Reconocimiento.
La prueba de conocimientos o Evaluación de Conocimientos Específicos y Pedagógicos (ECEP), es uno de los instrumentos de evaluación del Sistema de Desarrollo Profesional Docente (o Carrera Docente) y su aplicación es de exclusiva responsabilidad de la Agencia de Calidad de la Educación.
El objetivo de este instrumento de evaluación es medir el cumplimiento de los estándares de desempeño profesional y el conocimiento de las bases curriculares de docentes y educadoras/es de establecimientos particulares subvencionados, administración delegada, jardines infantiles y municipales.
Para rendir la evaluación, las y los docentes deberán ingresar al sitio www.evaluacionconocimientos.cl entre el 9 de septiembre y el 7 de octubre inclusive, para validar sus antecedentes y confirmar su participación en dicha evaluación.
*En caso de no realizar la validación, la Agencia no dispondrá de material al docente para la aplicación de la ECEP.
En el mismo sitio, las y los docentes, podrán ingresar diversas solicitudes adjuntando los documentos correspondientes para cada una, quedando sujetas a evaluación y aprobación, como solicitud de cambio de asignatura, cambio de sede de aplicación, cambio de fecha de evaluación, aplicación en sesión complementaria, suspensión de la evaluación. En la sección: Temario encontrará ocho carpetas diferenciadas por nivel educativo con los temarios descargables asociados a cada una de las asignaturas.
En el sitio Portal Docente – Ministerio de Educación de Chile las y los docentes podrán encontrar ejemplos de preguntas (ítems) que tendrá cada prueba.
¿Es obligatorio rendir la Evaluación de Conocimientos Específicos y Pedagógicos?
La ECEP es obligatoria para quienes, encontrándose inscritos para desarrollar el portafolio del año 2022, se ubican en los tramos Inicial y Temprano de la Carrera Docente.
Cabe considerar que la Ley N.° 20.903, artículo 19P, establece que quienes incumplan esta obligación perderán el derecho a percibir la asignación por tramo de desarrollo profesional hasta que finalicen el proceso de reconocimiento.
No obstante, la evaluación no es obligatoria si el último resultado obtenido por usted en esta prueba (que se aplica desde 2016) fue de nivel de logro A o B, ya que el artículo 19Ñ señala que los y las docentes con estos resultados no están obligados a rendir este instrumento en los procesos de reconocimiento siguientes.
Es importante recordar que, para progresar en la Carrera Docente, la o el docente debe rendir a lo menos uno de los dos instrumentos del Sistema de Reconocimiento, es decir, si no rinde la ECEP, debe rendir el portafolio.