CPEIP responde
Preguntas y respuestas de temas clave para la docencia

Todo profesional de la educación parvularia que desempeñe funciones en un establecimiento incorporado al Sistema de Desarrollo Profesional Docente tendrá derecho a ingresar al mismo y a recibir la respectiva asignación a partir del mes de ingreso, en caso que corresponda. Consecuentemente, al ingreso de un nuevo profesional de la educación, se debe realizar el cálculo como estipula la ley, aun cuando el sostenedor haya realizado la solicitud anual de recursos para el financiamiento de la mencionada asignación para los demás profesionales del establecimiento.

Se deberá considerar como remuneración la pactada con el profesional de la educación en conformidad con el artículo 88C, letra b, del Estatuto Docente.